Obligación de nombrar consejero de seguridad ADR: quién y cuándo
Respuesta generada con cita verificable del ADR 2025 y el RD 97/2014 (Real Decreto 97/2014 sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera).
Respuesta normativa
Respuesta:
Esta consulta excede el corpus actual. Los fragmentos proporcionados contienen referencias a la designación y funciones del consejero, pero no incluyen los criterios que definen cuándo es obligatorio tener consejero de seguridad ADR.
Lo que sí está disponible en los fragmentos:
Sobre quién lo designa: La empresa es responsable de designar y comunicar la identidad del consejero. [RD 97/2014, pág.18] Debe comunicar al órgano competente en transportes de la CCAA el número, identidad del consejero y áreas de gestión asignadas (embalado, carga, descarga y transporte).
Sobre quién puede serlo: El consejero puede ser el jefe de empresa, una persona que ejerza otras funciones en la empresa o alguien externo, siempre que esté capacitado efectivamente para cumplir sus funciones. [ADR 2025, Parte 7, §1.8.3.4, pág.67]
Limitaciones: Los fragmentos proporcionados no contienen:
- Los umbrales cuantitativos o criterios que activan la obligación
- La caracterización exacta de "actividades que obligan" a designar consejero
- Las secciones del RD 97/2014 que definen estas condiciones
Recomendación: Consulta los Artículos 1-8 del RD 97/2014 (Capítulo I: Definiciones y ámbito de aplicación) para identificar los criterios específicos de obligatoriedad.
Fuentes consultadas
- ADR 2025 — Parte 7 | §1.8.2.1 | pág. 65
- ADR 2025 — Parte 7 | §1.10.3.2 | pág. 67
- ADR 2025 — Parte 7 | §6.2 | pág. 71
- RD 97/2014 — §— | pág. 19
- RD 97/2014 — §— | pág. 18
- RD 97/2014 — §Art.39 | pág. 23
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