Informe anual del consejero de seguridad: qué empresas están obligadas

Respuesta generada con cita verificable del ADR 2025 y el RD 97/2014 (Real Decreto 97/2014 sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera).

Respuesta normativa

Respuesta:

Están obligadas a designar consejero de seguridad (y por tanto, a que éste elabore el informe anual) cualquier empresa cuya actividad comprenda la expedición o el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones conexas de embalaje, de carga, de llenado o de descarga relacionadas con estos transportes [ADR 2025, §1.8.3.1, pág. 65].

El informe anual es una función obligatoria del consejero designado, quien debe redactarlo destinado a la dirección de la empresa o, en su caso, a la autoridad pública local, sobre las actividades de la empresa relativas al transporte de mercancías peligrosas [ADR 2025, §1.8.3.3, pág. 66].

Características del informe anual:

Limitaciones:

El contexto no especifica si existen exempciones por tamaño de empresa u otro criterio. El fragmento ADR 2025, §1.8.3.2 menciona que "las autoridades competentes podrán prever que las disposiciones no se apliquen" a ciertas empresas, pero ese apartado no está completo en los fragmentos proporcionados. Recomiendo consultar el texto oficial para identificar posibles exempciones.

Fuentes consultadas


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Fuente: ADR 2025 + RD 97/2014. Las respuestas incluyen cita exacta del artículo. No sustituyen asesoría legal.

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