Líquido inflamable, corrosivo, N.E.P. (ONU 2924) — Clasificación ADR 2025
Clasificación conforme al ADR 2025 (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera, edición 2025).
Clasificación Tabla A ADR 2025
| Campo | Valor |
|---|---|
| Número ONU | 2924 |
| Denominación | LÍQUIDO CORROSIVO, N.E.P. INFLAMABLE, |
| Clase | 3 |
| Código de clasificación | FC |
| Grupo de embalaje | I |
| Código de restricción de túnel | 1 (C/E) |
Consulta normativa
Respuesta:
Identificación y Clasificación del ONU 2924
El código ONU 2924 corresponde a un líquido inflamable ligeramente corrosivo, N.E.P. clasificado en la Clase 3 (Líquidos inflamables) del ADR [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A, pág.599]. La designación «N.E.P.» (no específicamente nombrado) indica que se trata de un epígrafe colectivo que agrupa sustancias no mencionadas expresamente en la Tabla A, pero que cumplen los criterios de peligrosidad para esta categoría combinada de inflamabilidad y corrosividad.
Es crítico destacar que ONU 2924 no corresponde a una única clasificación, sino a tres variantes oficiales distintas que se diferencian por el grupo de embalaje asignado [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]. Estas variantes comparten la clase 3 y el código de transporte FC, pero varían en sus requerimientos de envasado y restricciones de transporte según la intensidad combinada de las propiedades inflamables y corrosivas de la mercancía. Antes de realizar cualquier operación de transporte de un disolvente industrial clasificado como ONU 2924, el consejero debe verificar con precisión cuál de las tres variantes corresponde a la sustancia concreta.
Las Tres Variantes Oficiales: Clasificación Completa
Variante 1 (Grupo de embalaje I): Clase 3, código de transporte FC, grupo de embalaje I, disposición especial 274, código de túnel 1 (C/E) [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]. Los líquidos asignados a esta variante presentan la mayor combinación de inflamabilidad y corrosividad dentro del código ONU 2924, requiriendo los envases de máxima resistencia y las restricciones más severas para cantidades máximas y acceso a túneles.
Variante 2 (Grupo de embalaje II): Clase 3, código de transporte FC, grupo de embalaje II, disposición especial 274, código de túnel 2 (D/E) [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]. Esta variante agrupa sustancias con peligrosidad relativa intermedia, permitiendo envases de resistencia media y cantidades máximas intermedias en comparación con la variante 1.
Variante 3 (Grupo de embalaje III): Clase 3, código de transporte FC, grupo de embalaje III, disposición especial 274, código de túnel 3 (D/E) [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]. Los líquidos de esta variante presentan propiedades combinadas menos pronunciadas, con requerimientos de envasado estándar y las restricciones de transporte menos severas de las tres opciones, incluyendo mayor flexibilidad en códigos túnel (D/E frente a C/E).
Código de Transporte FC y Caracterización de la Mercancía
El código de clasificación de transporte FC (común a todas las variantes) indica que la sustancia presenta simultáneamente características de inflamabilidad (F) y corrosividad (C) [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]. Este código de transporte es determinante para establecer los requisitos de envasado, etiquetado, documentación y restricciones operativas según lo regulado en los capítulos 3 y siguientes del ADR.
La designación oficial que aparecerá en el documento de transporte será «Líquido inflamable ligeramente corrosivo, corrosivo, n.e.p.» precedida del número ONU 2924 [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A, pág.599]. El término «ligeramente» en la designación refleja que la corrosividad, aunque presente, es secundaria respecto a la inflamabilidad como factor de riesgo dominante en esta clasificación dentro de la Clase 3.
Grupos de Embalaje y Restricciones Operativas
La variación entre grupos de embalaje I, II y III conlleva diferencias sustanciales en restricciones de transporte:
- Grupo de embalaje I: Códigos túnel 1 (C/E) — acceso restringido a ciertos túneles; envases de máxima resistencia obligatorios.
- Grupo de embalaje II: Códigos túnel 2 (D/E) — restricciones de túnel intermedias; envases de resistencia media.
- Grupo de embalaje III: Códigos túnel 3 (D/E) — restricciones túnel menores (categoría D/E más permisiva que C/E); envases de resistencia estándar.
Todas las variantes están sujetas a la disposición especial 274 [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A], que actúa como regulación específica adicional. La definición exacta de esta disposición y sus requerimientos concretos de envasado, acondicionamiento de carga y documentación figuran en el capítulo 3.3 del ADR 2025 y deben consultarse de manera obligatoria para completar el análisis clasificatorio.
Lo que No Está Cubierto en Este Artículo
Los fragmentos normativos disponibles contienen la designación oficial, clase, código de transporte, grupos de embalaje y disposición especial de ONU 2924, pero no incluyen:
- Criterios específicos de clasificación (punto de inflamación, grado de corrosividad) para diferenciar cuál de las tres variantes corresponde a un disolvente industrial concreto.
- Requisitos detallados de envasado, cisternas móviles o contenedores específicos.
- Procedimientos de carga, descarga y almacenamiento.
- Definición operativa exacta de la disposición especial 274.
Limitaciones:
Los fragmentos confirman las tres variantes clasificatorias de ONU 2924 (Clase 3, código FC, grupos de embalaje I/II/III con disposición especial 274), pero no incluyen los criterios normativos que permiten determinar a cuál de las tres variantes pertenece tu disolvente industrial específico. Para completar el análisis: (1) consulta ADR 2025 capítulo 3.3 para la disposición especial 274; (2) verifica punto de inflamación e intensidad de corrosividad de tu sustancia contra los criterios de clasificación de la Clase 3 (capítulo 2.3 del ADR 2025); (3) revisa capítulos 4 (envasado) y 7 (condiciones de transporte) para requisitos operativos específicos según grupo de embalaje asignado.
Fuentes consultadas
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