Qué es el informe anual del consejero de seguridad ADR: destinatario, contenido y conservación
Respuesta generada con cita verificable del ADR 2025 y el RD 97/2014 (Real Decreto 97/2014 sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera).
Respuesta normativa
Respuesta:
El informe anual es un documento que el consejero de seguridad debe redactar como función esencial [ADR 1.8.3.3, pág. 66].
Destinatarios:
- A la dirección de la empresa, o
- A la autoridad pública local [ADR 1.8.3.3, pág. 66]
Contenido: El informe debe reflejar:
- Las actividades de la empresa relativas al transporte de mercancías peligrosas
- Las medidas de seguridad adoptadas [ADR 1.8.3.3, pág. 66]
El ADR no establece un modelo o formulario obligatorio de apartados. El contenido debe adaptarse a las actividades específicas de cada empresa [ADR 1.8.3.3, pág. 66].
Conservación:
- Período: 5 años [ADR 1.8.3.3, pág. 66]
- Disponibilidad: debe estar accesible a las autoridades nacionales si lo solicitan [ADR 1.8.3.3, pág. 66]
Casos especiales (RD 97/2014): Cuando el consejero cause baja en la empresa, debe emitir un informe anual parcial de las actividades realizadas durante el período en que estuvo en alta [RD 97/2014, Art. 28, pág. 18]. El consejero entrante debe considerar estos datos en su próximo informe anual [RD 97/2014, Art. 28, pág. 18].
Limitaciones: Los fragmentos no especifican:
- Periodicidad exacta de emisión dentro del año (trimestral, anual cerrado, etc.)
- Requisitos formales de firma o validación
- Protocolo específico de comunicación a autoridades
Recomiendo consultar las instrucciones técnicas de la autoridad competente autonómica para procedimientos de presentación.
Fuentes consultadas
- ADR 2025 — §1.8.3.3 | pág. 66
- ADR 2025 — §1.8.3.6 | pág. 67
- ADR 2025 — §9.1.3.2 | pág. 1169
- ADR 2025 — §9.1.2.3 | pág. 1168
- RD 97/2014 — Art. 28 | pág. 18
- RD 97/2014 — Art. 31 | pág. 20
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