Gas natural comprimido (GNC) (ONU 1971) — Clasificación ADR 2025

Clasificación conforme al ADR 2025 (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera, edición 2025).

Clasificación Tabla A ADR 2025

CampoValor
Número ONU1971
DenominaciónMETANO NATURAL COMPRIMIDO
Clase2
Código de clasificación1F
Grupo de embalaje
Código de restricción de túnel2 (B/D)

Consulta normativa

Respuesta:

La clasificación del GAS NATURAL COMPRIMIDO (ONU 1971) según la Tabla A:

[ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]

El fragmento [ADR2025-1, pág.490] lo corrobora: "GAS NATURAL COMPRIMIDO 1971 2"


Limitaciones:

Los fragmentos proporcionados contienen la clasificación pero NO incluyen los requisitos específicos de transporte (embalajes, cisternas, cantidades limitadas, cantidades exceptuadas, disposiciones particulares, etc.). Para una consulta completa sobre requisitos de transporte aplicables, recomiendo acceder a la Parte 4 del ADR 2025 (Disposiciones relativas a las mercancías peligrosas de la clase 2).

El código de túnel 2 (B/D) indica restricciones en ciertos túneles; consulta §1.9.1 para la interpretación específica de prohibiciones según categorías de túnel.

Fuentes consultadas


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Fuente: ADR 2025 + RD 97/2014. Las respuestas incluyen cita exacta del artículo. No sustituyen asesoría legal.