Embalajes combinados ADR: definición, tipos y requisitos §4.1.1.3
Respuesta generada con cita verificable del ADR 2025 y el RD 97/2014 (Real Decreto 97/2014 sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera).
Respuesta normativa
Respuesta:
Esta consulta excede el corpus actual proporcionado. El §4.1.1.3 sobre embalaje combinado no está incluido en los fragmentos normativos disponibles.
Los fragmentos sí hacen referencia a embalaje combinado conforme al 6.1.4.21, pero solo en contexto de autorizaciones de embalaje común:
- MP7 permite embalaje en común en embalaje combinado conforme al 6.1.4.21, en cantidades que no sobrepasen los 5 litros por envase interior, con otras mercancías de la misma clase o no peligrosas, siempre que no reaccionen peligrosamente. [ADR2025-2, pág.729]
- MP10 autoriza embalaje en común en embalaje combinado conforme al 6.1.4.21, en cantidades no superiores a 5 kg por envase interior, bajo condiciones similares. [ADR2025-1, §6.1.4.21, pág.729]
Estos fragmentos confirman que existe el concepto de "embalaje combinado" pero no definen su estructura (componentes interior/exterior) ni proporcionan ejemplos.
Limitaciones:
Para responder completamente tu pregunta necesito acceso a:
- §4.1.1.3 ADR 2025 (definición formal)
- §6.1.4.21 ADR 2025 (especificaciones completas)
- Ejemplos de clasificación/uso
Recomendación: Consulta directamente el texto oficial ADR 2025, Capítulo 4.1, donde figura la definición de embalaje combinado y sus componentes.
Fuentes consultadas
- ADR 2025 — §6.1.4.21 | pág. 729
- ADR 2025 — pág. 729
- ADR 2025 — §6.1.5.3.6.6 | pág. 867
- RD 97/2014 — §Art.42 | pág. 23
- RD 97/2014 — pág. 12
- RD 97/2014 — pág. 40
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