Cantidades limitadas ADR: exenciones y condiciones

Respuesta generada con cita verificable del ADR 2025 y el RD 97/2014 (Real Decreto 97/2014 sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera).

Respuesta normativa

Respuesta:

La exención por cantidades limitadas se aplica cuando se cumplen estas condiciones:

  1. Mercancía clasificada en tabla A (capítulo 3.2): La mercancía debe estar registrada en la tabla A del capítulo 3.2 con una disposición especial que permita cantidades limitadas. [ADR 2025, §1.1.3.4.1, pág. 7]
  1. Cantidad dentro del límite autorizado: El transporte debe respetar la cantidad máxima indicada en la columna (7a) "Cantidades limitadas" de la tabla A, que especifica "la cantidad máxima autorizada por envase interior u objeto, para el transporte de mercancías peligrosas como cantidades limitadas conforme a lo dispuesto en el capítulo 3.4". [ADR 2025, §3.4, pág. 262]
  1. Código de exención en columna (7b): La columna (7b) "Cantidades exceptuadas" debe contener un código alfanumérico que comience por "E" (distinto de "E0"). Los códigos "E" indican que "las disposiciones del ADR no son aplicables si se cumplen las condiciones señaladas en el capítulo 3.5". [ADR 2025, §3.4, pág. 262]
  1. Cumplimiento del capítulo 3.4: Deben observarse todas las disposiciones del capítulo 3.4 referentes a cantidades limitadas. [ADR 2025, §1.1.3.4.2, pág. 7]

Limitaciones:

Esta consulta excede parcialmente el corpus proporcionado — el detalle de las condiciones específicas del capítulo 3.4 y 3.5 no está incluido en los fragmentos. Recomiendo consultar directamente esos capítulos en el ADR 2025 para conocer los requisitos precisos de embalaje y etiquetado.

Fuentes consultadas


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