Cantidades exceptuadas ADR: diferencia con cantidades limitadas

Respuesta generada con cita verificable del ADR 2025 y el RD 97/2014 (Real Decreto 97/2014 sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera).

Respuesta normativa

Respuesta:

Definición y ámbito de cantidades limitadas

Las cantidades limitadas constituyen un régimen simplificado del ADR que permite el transporte de mercancías peligrosas de ciertas clases dentro de límites específicos de cantidad por envase interior u objeto. [ADR 2025, §3.4.1, pág. 1632]. El límite máximo autorizado para cada materia se especifica en la columna (7a) de la tabla A del capítulo 3.2 del ADR. [ADR 2025, columna (7a), pág. 262]. Cuando en la columna (7a) figure la cifra "0", significa que no está permitido el transporte de esa materia conforme al régimen de cantidades limitadas. [ADR 2025, §3.4.1, pág. 1632].

Las mercancías peligrosas embaladas en cantidades limitadas que cumplan con las disposiciones del capítulo 3.4 quedan eximidas de la mayoría de las obligaciones del ADR, aunque permanecen sujetas a: los capítulos 1.1 a 1.6, 1.8 y 1.9 de la parte 1; la clasificación y criterios de grupo de embalaje de la parte 2; ciertos capítulos de la parte 3 con exclusiones específicas; apartados concretos de la parte 4 sobre embalaje; disposiciones limitadas de marcado y etiquetado de la parte 5; las disposiciones de fabricación y ensayo de la parte 6; y capítulos específicos de la parte 7 sobre condiciones de transporte. [ADR 2025, §3.4.1, pág. 1632].

Definición y ámbito de cantidades exceptuadas

Las cantidades exceptuadas representan un régimen aún más permisivo que permite transportar mercancías peligrosas bajo condiciones todavía más simplificadas. Se identifican mediante un código alfanumérico en la columna (7b) de la tabla A del capítulo 3.2. [ADR 2025, columna (7b), pág. 262]. El código "E0" indica que no existe ninguna exención a las disposiciones del ADR para esa materia; cualquier otro código alfanumérico que comience por la letra "E" significa que las disposiciones del ADR dejan de ser aplicables si se cumplen las condiciones específicas señaladas en el capítulo 3.5. [ADR 2025, columna (7b), pág. 262].

Las mercancías peligrosas embaladas en cantidades exceptuadas que satisfagan las disposiciones del capítulo 3.5 quedan eximidas de prácticamente todas las obligaciones del ADR, con sólo dos excepciones: las disposiciones concernientes a formación del capítulo 1.3 y los procedimientos de clasificación y criterios del grupo de embalaje de la parte 2 de la norma. [ADR 2025, §3.5.1.1, pág. 567]. Esta exención mucho más amplia refleja que las cantidades exceptuadas representan un riesgo significativamente menor que las cantidades limitadas.

Diferencias normativas principales

La distinción fundamental entre ambos regímenes radica en el alcance de la exención regulatoria. Las cantidades limitadas eximen de numerosas obligaciones, pero mantienen aplicables aspectos críticos de formación, clasificación, embalaje, marcado y documentación que siguen siendo parcialmente exigibles. [ADR 2025, §3.4.1, pág. 1632]. Las cantidades exceptuadas, por el contrario, eliminan prácticamente la totalidad del régimen ADR del expedidor y transportista, conservando únicamente las exigencias formativas e de clasificación técnica.

Las cantidades máximas autorizadas también varían conceptualmente. En cantidades limitadas, cada materia posee un límite específico por envase interior u objeto establecido en la columna (7a), siendo estos límites generalmente mayores. [ADR 2025, columna (7a), pág. 262]. En cantidades exceptuadas, los límites —especificados en los códigos de la columna (7b)— son sistemáticamente inferiores, reflejando una mayor restricción a cambio de simplificación administrativa. [ADR 2025, columna (7b), pág. 262].

Adicionalmente, para cantidades limitadas existen obligaciones documentales específicas: el expedidor debe informar al transportista en forma trazable de la masa bruta total de mercancías transportadas antes del viaje. [ADR 2025, §3.4.12, pág. 567]. No existe una obligación paralela para cantidades exceptuadas dada su exención prácticamente total.

Implicaciones para el consejero de seguridad

El régimen de cantidades exceptuadas tiene una relevancia particular para el consejero de seguridad, puesto que el RD 97/2014 especifica que las disposiciones normativas afectantes al consejero no serán aplicables a las actividades que se vean afectadas por algún tipo de exención en las condiciones y cantidades previstas en el ADR. [RD 97/2014, Art. 24, pág. 17]. Esto significa que cuando una empresa transporta exclusivamente mercancías peligrosas en cantidades exceptuadas, puede no estar obligada a designar consejero de seguridad.

Sin embargo, para cantidades limitadas, la menor amplitud de la exención implica que la obligación del consejero generalmente se mantiene, particularmente si la empresa desarrolla actividades con estas mercancías de forma regular. [RD 97/2014, Art. 24, pág. 17].

Identificación en la tabla A del ADR

Ambas cantidades figuran necesariamente en toda entrada de la tabla A del capítulo 3.2. La columna (7a) proporciona el límite de cantidades limitadas (pudiendo ser un valor numérico específico o "0" si no está permitido el transporte bajo este régimen). [ADR 2025, pág. 262]. La columna (7b) proporciona el código de cantidades exceptuadas (pudiendo ser "E0" si no existe exención, o "E" seguido de números si existe exención condicionada). [ADR 2025, pág. 262]. Ambas deben interpretarse conjuntamente: una materia puede no permitir cantidades limitadas (columna 7a = 0) pero sí permitir cantidades exceptuadas (columna 7b = código "E" específico), o viceversa.

Limitaciones:

El corpus proporcionado no detalla los límites cuantitativos concretos de ninguna materia específica en cantidades limitadas o exceptuadas —esa información se encuentra en la tabla A del capítulo 3.2 del ADR 2025, que no se incluye en los fragmentos. Tampoco se recogen las condiciones técnicas específicas que deben cumplirse en el capítulo 3.5 para que la exención de cantidades exceptuadas sea plenamente operativa.

Fuentes consultadas


¿Eres consejero de seguridad ADR? adrcita te ayuda a preparar el informe anual y resolver consultas normativas con cita exacta.

El informe anual del consejero de seguridad

Genera tu informe anual con adrcita →

Gratis

Checklist: qué debe incluir el informe anual del consejero ADR

Las 8 secciones exigidas por el RD 97/2014, en un email. Sin compromiso.

Haz tu consulta al ADR 2025

Respuesta con cita verificable en segundos. Las 3 primeras consultas son gratuitas.

Fuente: ADR 2025 + RD 97/2014. Las respuestas incluyen cita exacta del artículo. No sustituyen asesoría legal.

¿Ya pagaste y no ves tu plan activo aquí? Recuperar acceso