Tricloroetileno (ONU 1710) — Clasificación ADR 2025

Clasificación conforme al ADR 2025 (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera, edición 2025).

Clasificación Tabla A ADR 2025

CampoValor
Número ONU1710
DenominaciónTRICLOROETILENO
Clase6.1
Código de clasificaciónT1
Grupo de embalajeIII
Código de restricción de túnel2 (E)

Consulta normativa

Respuesta:

Clasificación del Tricloroetileno en el ADR

El tricloroetileno se clasifica como materia tóxica de la clase 6.1, según lo establecido en la Tabla A del ADR 2025. Su denominación técnica es TRICLOROETILENO, con número de identificación ONU 1710. Esta clasificación es determinante para todos los requisitos operacionales, administrativos y de transporte que debe cumplir cualquier empresa o consejero de seguridad responsable de su movimiento bajo el régimen del Acuerdo Europeo sobre Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A].

Parámetros de Clasificación Asignados

Los parámetros técnicos para el tricloroetileno ONU 1710 son los siguientes:

[ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]

El código de clasificación T1 y el grupo de embalaje III implican que, aunque la sustancia presenta peligro tóxico, su perfil de riesgo permite un régimen de embalaje menos riguroso que el de materias de grupos I o II. El código de túnel 2 (E) señala restricciones específicas de circulación en ciertos pasos montañosos europeos, aspecto relevante para la planificación de rutas de transporte.

Destinatarios de los Requisitos

La clasificación ONU 1710 afecta directamente a todas las personas o entidades que participen en la cadena de transporte: expedidores, transportistas, cargadores, descargadores y, particularmente, al consejero de seguridad en transporte de mercancías peligrosas, quien debe verificar que todos los procedimientos de preparación, etiquetado, embalaje y documentación se ajusten a los requisitos que se desprendan de esta clasificación en la Tabla A.

Limitaciones del Contexto Normativo Proporcionado

Los fragmentos disponibles recogen la clasificación oficial del tricloroetileno en la Tabla A del ADR 2025 y referencias generales a procedimientos de embalaje (instrucción P200), pero no contienen detalles específicos sobre:

Por tanto, para completar el análisis normativo de los requisitos operacionales del tricloroetileno ONU 1710, sería necesario consultar:

Referencia de Consulta Directa

La clasificación completa del tricloroetileno figura en el Boletín Oficial del Estado, Núm. 3, Viernes 3 de enero de 2025, Sec. I, donde aparece claramente listado como:

TRICLOROETILENO | 1710 | 6.1

[ADR 2025, §3.2.1, Tabla A; BOE Núm. 3, Sec. I, Pág. 1575]


Limitaciones:

El corpus no incluye las instrucciones de embalaje específicas (clase P, sección de compatibilidad de materiales), los requisitos de etiquetado y marcado diferenciado para la clase 6.1, ni los procedimientos administrativos de documentación derivados de la clasificación ONU 1710. Tampoco se cubre el régimen sancionador aplicable en caso de incumplimiento (materia exclusiva de la LOTT 16/1987) ni los procedimientos de autorización especial, si los hubiera, ante autoridades competentes españolas bajo el RD 97/2014.

Fuentes consultadas


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Fuente: ADR 2025 + RD 97/2014. Las respuestas incluyen cita exacta del artículo. No sustituyen asesoría legal.

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