Tolueno (ONU 1294) — Clasificación ADR 2025

Clasificación conforme al ADR 2025 (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera, edición 2025).

Clasificación Tabla A ADR 2025

CampoValor
Número ONU1294
DenominaciónTOLUENO
Clase3
Código de clasificaciónF1
Grupo de embalajeII
Código de restricción de túnel2 (D/E)

Consulta normativa

Respuesta:

Clasificación del Tolueno (ONU 1294)

El tolueno, identificado con el número ONU 1294, está clasificado en la Tabla A del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas (ADR 2025) como una sustancia peligrosa de Clase 3 (Líquidos inflamables). Esta clasificación aparece en el listado de sustancias peligrosas que incluyen "TOLUENO 1294 3" [ADR 2025, pág. 508] y se desarrolla de forma completa en la Tabla A del ADR [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A].

Clasificación:

Número ONU y Denominación Oficial

El número ONU asignado al tolueno es 1294, designación numérica de cuatro dígitos que constituye el identificador obligatorio en todos los documentos de transporte, etiquetado y registro asociados. La denominación oficial registrada en la Tabla A del ADR es "TOLUENO" [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A], sin especificación adicional de variantes o purezas en esta entrada, lo que indica que la clasificación aplica al tolueno comercial estándar.

Esta denominación única permite evitar confusiones con sustancias similares que pudieran clasificarse diferentemente según sus características específicas. El número ONU 1294 es el único identificador válido para los propósitos del transporte conforme al ADR.

Clase 3 y Código de Clasificación F1

La asignación a la Clase 3 identifica al tolueno como un líquido inflamable sujeto a los requisitos específicos de esta clase dentro del ADR. El código de clasificación F1 [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A] proporciona información adicional sobre las características específicas de peligro de esta sustancia, refinando la clasificación dentro de la Clase 3.

El código de clasificación es un descriptor técnico que el consejero de seguridad utiliza para identificar propiedades adicionales relevantes para el transporte, más allá de la designación de clase principal. Este código es crítico para determinar correctamente los requisitos de embalaje, etiquetado, compatibilidad de carga y condiciones de transporte aplicables durante el tránsito de la mercancía.

Grupo de Embalaje II

El tolueno ha sido asignado al Grupo de Embalaje II [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]. El grupo de embalaje constituye una clasificación de peligro dentro de cada clase que refleja el nivel de riesgo presentado por la sustancia. Los grupos utilizados en el ADR son I (máximo peligro), II (peligro intermedio) y III (peligro menor).

La asignación al Grupo II indica que el tolueno presenta un peligro intermedio que requiere medidas de contención y protección significativas, aunque menos severas que las exigidas para sustancias del Grupo I. Esta clasificación determina la tipología de recipientes permitidos, los espesores y materiales de embalaje, la naturaleza de los embalajes secundarios, los marcados obligatorios y la documentación requerida durante toda la cadena de transporte.

Código de Túnel: 2 (D/E)

El código de túnel 2 (D/E) [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A] restringe el transporte del tolueno en ciertos túneles según la clasificación de riesgo de la infraestructura de paso. Los códigos de túnel del ADR se designan como A, B, C, D, E o combinaciones como D/E, indicando categorías específicas de túneles donde existen limitaciones o prohibiciones.

La designación 2 (D/E) para el tolueno significa que esta sustancia está sujeta a restricciones particulares respecto a qué categorías de túneles pueden utilizarse durante el transporte terrestre. Los transportistas y consejeros de seguridad deben consultar las disposiciones específicas del ADR sobre restricciones de infraestructura para determinar las rutas permisibles y las medidas de control aplicables al paso por cada tipo de túnel.

Localización en Normativa ADR

La información clasificatoria del tolueno se encuentra consolidada en la Tabla A del ADR 2025, sección §3.2.1 [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A], que constituye la referencia canónica para la clasificación de sustancias peligrosas en transporte. Esta tabla es de consulta obligatoria para cualquier operación que implique el movimiento de mercancías peligrosas clasificadas bajo la normativa ADR.


Limitaciones:

El corpus proporcionado contiene la clasificación oficial del tolueno (ONU 1294) según la Tabla A del ADR 2025 de forma completa. Sin embargo, no incluye fragmentos que detallan:

Fuentes consultadas


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Fuente: ADR 2025 + RD 97/2014. Las respuestas incluyen cita exacta del artículo. No sustituyen asesoría legal.

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