Nitrógeno líquido (ONU 1977) — Clasificación ADR 2025
Clasificación conforme al ADR 2025 (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera, edición 2025).
Clasificación Tabla A ADR 2025
| Campo | Valor |
|---|---|
| Número ONU | 1977 |
| Denominación | NITRÓGENO REFRIGERADO REFRIGERANTE LÍQUIDO RC 318) |
| Clase | 2 |
| Código de clasificación | 3A |
| Grupo de embalaje | |
| Código de restricción de túnel | 3 (C/E) |
Consulta normativa
Respuesta:
Clasificación:
- Clase: 2
- Código de clasificación: 3A
- Grupo de embalaje: No aplica
- Código de túnel: 3 (C/E)
[ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]
El nitrógeno líquido refrigerado (ONU 1977) se clasifica como gas refrigerado conforme a la Clase 2. [ADR 2025, §6.1, pág. 499]
Requisitos de transporte aplicables:
En el transporte de este material en recipientes criogénicos, aplican las siguientes disposiciones:
- Materiales de construcción y cierres: Los materiales del recipiente y la estanqueidad de juntas deben ser compatibles con el nitrógeno líquido refrigerado. [ADR 2025, §6.2.1.6.3, pág. 654]
- Inspecciones periódicas: El intervalo entre controles y pruebas periódicas de los recipientes criogénicos cerrados "no UN" no deberá sobrepasar los 10 años. [ADR 2025, §6.2.1.6.3, pág. 654]
- Descarga: Las operaciones de descarga desde recipientes criogénicos que contengan nitrógeno líquido refrigerado (UN 1977) están reguladas según el artículo 38 del RD 97/2014, permitiéndose bajo condiciones específicas que garanticen la integridad de los recipientes. [RD 97/2014, Art. 38, pág. 22]
Limitaciones:
Los fragmentos proporcionados no incluyen detalles exhaustivos sobre otras condiciones de transporte (limitaciones de cantidad, requisitos de equipamiento del vehículo, documentación específica, etc.). Para una consulta completa sobre requisitos de transporte, recomiendo consultar el Capítulo 7.2 del ADR 2025 y las disposiciones aplicables según la modalidad de transporte (carretera).
Fuentes consultadas
- ADR 2025 — §5.1 | pág. 499
- ADR 2025 — §6.1 | pág. 499
- ADR 2025 — §6.2.1.6.3 | pág. 654
- RD 97/2014 — pág. 29
- RD 97/2014 — §Art.38 | pág. 22
- RD 97/2014 — pág. 29
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