Hidróxido sódico en solución (ONU 1824) — Clasificación ADR 2025
Clasificación conforme al ADR 2025 (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera, edición 2025).
Clasificación Tabla A ADR 2025
| Campo | Valor |
|---|---|
| Número ONU | 1824 |
| Denominación | SÓLIDO SOLUCIÓN HIDRÓXIDO SÓDICO EN |
| Clase | 8 |
| Código de clasificación | C5 |
| Grupo de embalaje | II |
| Código de restricción de túnel | (E) 2 (E) |
Consulta normativa
Respuesta:
Identificación y Designación Oficial
El hidróxido sódico en solución acuosa se clasifica bajo el número ONU 1824 en el ADR 2025. Aunque todos los casos se corresponden con una materia corrosiva de Clase 8, el reglamento contempla dos designaciones oficiales distintas para esta sustancia, diferenciadas por su grupo de embalaje y disposiciones especiales aplicables [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]. No existe una única clasificación universal para el ONU 1824: la que corresponde a su mercancía depende de características específicas de la solución (concentración y estado físico), cuya determinación requiere verificación previa.
Datos de Clasificación: Clase y Código
Ambas variantes del ONU 1824 corresponden a la Clase 8 (Materias corrosivas) con código de clasificación C5 [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]. El código C5 identifica a las bases corrosivas líquidas u otros líquidos corrosivos, categoría en la que se encuadra el hidróxido sódico en solución acuosa. Esta asignación refleja el carácter corrosivo del producto, que requiere controles específicos durante el transporte, la manipulación y el embalaje.
Variantes de Grupo de Embalaje
Variante 1: Grupo de Embalaje II La primera designación oficial corresponde al Grupo de Embalaje II con código túnel (E) 2, asignado cuando la solución presenta un grado de corrosividad que requiere medidas de contención y segregación más exigentes. Esta categoría se aplica a soluciones de hidróxido sódico con concentraciones o características que las clasifican como materia de peligrosidad moderada-alta dentro de la Clase 8.
Variante 2: Grupo de Embalaje III La segunda designación oficial corresponde al Grupo de Embalaje III con código túnel 3 (E), asignado a soluciones con menor grado de corrosividad o concentración inferior. Esta categoría permite condiciones de transporte menos restrictivas, aunque sigue siendo aplicable la clasificación de materia corrosiva de Clase 8.
La elección entre ambas variantes depende de factores como la concentración molar o porcentual de hidróxido sódico en la solución, su densidad, temperatura de transporte y otras características fisicoquímicas definidas en el capítulo 3.3 del ADR 2025. Como consejero de seguridad, debe usted verificar la documentación técnica de la mercancía (ficha de datos de seguridad, certificados de análisis) para determinar con precisión cuál de las dos variantes corresponde a su carga específica [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A].
Medio de Contención de Referencia
El medio de contención indicado para ambas variantes es agua, lo que refleja la compatibilidad de materiales y sistemas de absorción o neutralización que deben disponerse en caso de derrame. Este dato es esencial para la selección de embalajes secundarios, equipos de contención a bordo del vehículo y materiales de limpieza de accidentes [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A].
Consideraciones para Transporte en Cisternas Portátiles
Si bien los fragmentos normativos disponibles no contienen disposiciones específicas exclusivas para el ONU 1824, el ADR 2025 regula el transporte de materias corrosivas en cisternas portátiles mediante instrucciones técnicas generales. Estas incluyen, entre otras: la obligación de que las cisternas no retengan la materia más allá de períodos que pudieran conducir a su aglutinación, la adopción de medidas de limpieza para evitar acumulación de depósitos, y restricciones sobre equipos de aplicación por difusión durante el transporte [ADR 2025, Instrucciones técnicas TP33, TP40]. Para el ONU 1824, la cisterna debe ser compatible con materias corrosivas de Clase 8, con especificaciones de juntas de estanqueidad y materiales resistentes al ácido o sistemas equivalentes según lo previsto en el capítulo 6.7 del ADR 2025.
Verificación Recomendada
Antes de proceder con la clasificación definitiva y la organización del transporte, le recomendamos:
- Obtener la concentración exacta de la solución de hidróxido sódico (% en masa o molaridad).
- Consultar la ficha de datos de seguridad (FDS) del proveedor para confirmar características de corrosividad según criterios GHS/CLP.
- Verificar en el capítulo 3.3 del ADR 2025 (disposiciones especiales aplicables a cada código C5) cuál es la disposición exacta que corresponde a su lote concreto.
- Confirmar las restricciones de túnel asociadas a cada variante (2 o 3) para planificar rutas de transporte.
Limitaciones:
Los fragmentos normativos no contienen información específica sobre: criterios de concentración exacta para la distinción entre GP II y GP III del ONU 1824, cantidades limitadas, exenciones parciales, o disposiciones especiales numeradas del capítulo 3.3 del ADR 2025 que definen cada código C5. Tampoco incluyen detalles sobre embalajes primarios y secundarios específicos, temperaturas de transporte, o compatibilidades con otras materias en carga mixta. Para estos aspectos, consulte directamente el capítulo 3.3 y las disposiciones generales de la Clase 8 en el ADR 2025 completo.
Fuentes consultadas
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