Etileno (ONU 1962) — Clasificación ADR 2025
Clasificación conforme al ADR 2025 (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera, edición 2025).
Clasificación Tabla A ADR 2025
| Campo | Valor |
|---|---|
| Número ONU | 1962 |
| Denominación | ETILENO |
| Clase | 2 |
| Código de clasificación | 2F |
| Grupo de embalaje | |
| Código de restricción de túnel | 2 (B/D) |
Consulta normativa
Respuesta:
Clasificación de referencia del etileno (ONU 1962)
El etileno es clasificado conforme a la Tabla A del ADR 2025 como una mercancía de la clase 2 (gases), con código de clasificación 2F. [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A] Esta clasificación refleja su naturaleza de gas inflamable bajo condiciones normales de transporte, particularmente en aplicaciones petroquímicas donde se manipula en estado licuado o comprimido.
Clasificación:
- Número ONU: 1962
- Denominación: ETILENO
- Clase: 2
- Código de clasificación: 2F
- Código de túnel: 2 (B/D) [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A]
El código de clasificación 2F indica específicamente un gas licuado inflamable. [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A] Este parámetro determina los requisitos operacionales, de marcado y de transporte que aplican al etileno en cualquier modal, incluyendo cisternas de transporte por carretera.
Parámetros técnicos y presión de vapor
Conforme a la documentación técnica del ADR 2025, el etileno presenta los siguientes parámetros de densidad relativa y presión según las condiciones de almacenamiento y transporte: densidad relativa de 0,25–0,38 a presiones de 120–300 bar. [ADR 2025, pág.648 y 766] Estos valores son críticos para dimensionar los equipos de contención (cilindros, cisternas) y establecer los protocolos de alivio de presión durante el transporte. La densidad relativa del etileno (inferior a 1,0) indica que, en caso de escape, el gas tiende a dispersarse hacia la atmósfera superior, aspecto relevante para la evaluación de riesgo en túneles y zonas confinadas.
Restricción de túnel y clasificación de ruta
El etileno está sujeto a restricciones de paso por túneles, codificadas como 2 (B/D). [ADR 2025, §3.2.1, Tabla A] Este código significa que el transporte en cisternas de etileno está prohibido en ciertos túneles según la categoría de la vía, salvo bajo condiciones excepcionales autorizadas por la autoridad competente. En España, estas restricciones se alinean con los códigos de túnel establecidos en el RD 97/2014, que transpone las normativas europeas sobre mercancías peligrosas. La clasificación 2 (B/D) requiere que los transportistas consulten previamente la viabilidad de las rutas previstas, particularmente en territorio montañoso o con infraestructura de pasos subterráneos.
Transporte en cisternas: aplicación a la industria petroquímica
Para el transporte de etileno en cisternas (compartimientos dedicados en vehículos cisterna o remolques cisterna), el código de clasificación 2F determina que debe cumplirse con los requisitos técnicos de construcción, equipamiento de válvulas de seguridad y sistemas de alivio de presión establecidos en la parte 4 del ADR 2025. [ADR 2025, pág.648 y 766] Aunque los fragmentos proporcionados incluyen especificaciones sobre marcas operacionales en botellas de acetileno (presión de prueba, masa del recipiente), [ADR 2025, §6.2.2.7.3, pág.894–1962] estas disposiciones sobre marcado se aplican también a cisternas, que deben portar información clara sobre presión de diseño y masa.
La industria petroquímica que transporta etileno desde plantas de síntesis hacia centros de distribución o cliente final debe asegurar que las cisternas utilizadas están certificadas para gases licuados inflamables de la clase 2, con pruebas hidrostáticas periódicas y sistemas de control de presión que mantengan condiciones de transporte seguras.
Responsabilidad de consejeros de seguridad
El consejero de seguridad en transporte (conforme a RD 97/2014) tiene la responsabilidad de verificar que toda documentación de acompañamiento del etileno (documento de transporte de mercancías peligrosas, hoja de datos de seguridad, certificados de cisterna) sea conforme a esta clasificación. La clase 2, código 2F, exige también cumplimiento con procedimientos de carga y descarga supervisados, control de temperaturas de licuefacción y protocolos ante fugas o derrames.
Limitaciones:
Los fragmentos normativos proporcionados cubren la clasificación, códigos técnicos y parámetros de densidad del etileno. No están incluidos en el corpus:
- Requisitos específicos de documentación de transporte (modelo de documento de transporte, información obligatoria adicional beyond clasificación)
- Excepciones por cantidad o embalaje (no consta si hay cantidades limitadas o transporte exento)
- Plazos de inspección periódica de cisternas
- Sanciones por incumplimiento (régimen sancionador, que es competencia de LOTT Ley 16/1987, no cubierta aquí)
- Procedimientos de carga/descarga en detalle
- Equipamiento de protección personal específico para operarios
Consulta con autoridad competente de transporte (MITMA) o documentación técnica ampliada del ADR 2025 para estos aspectos.
Fuentes consultadas
- ADR 2025 — §6.2.2.7.3 | pág. 894
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