Clase 5.2 ADR: peróxidos orgánicos

Información basada en el ADR 2025. Última actualización del corpus: junio 2026.

Descripción del régimen ADR

Respuesta:

La Clase 5.2 abarca peróxidos orgánicos y preparaciones de peróxidos orgánicos, que son materias contienen la estructura bivalente -O-O- y pueden considerarse derivados del peróxido de hidrógeno con sustitución de uno o dos átomos de hidrógeno por radicales orgánicos. [ADR 2025, §2.2.52.1.1 y §2.2.52.1.3, pág. 167]

Subdivisión clasificatoria:

[ADR 2025, §2.2.52.1.2, pág. 167]

Características de peligro relevantes para la clasificación:

Los peróxidos orgánicos son sensibles a la descomposición por calor, contacto con impurezas (ácidos, compuestos de metales pesados, aminas), frotamiento y choque. La velocidad de descomposición aumenta con la temperatura. Pueden liberar vapores o gases inflamables o nocivos, algunos sufren descomposición explosiva (especialmente en confinamiento), y arden violentamente. [ADR 2025, §2.2.52.1.5, pág. 168]

Clasificación de mezclas:

Cuando una mezcla contiene múltiples peróxidos orgánicos, debe clasificarse con arreglo al tipo más peligroso que entre en su composición. Sin embargo, debe determinarse la temperatura de descomposición autoacelerada (TDAA) de la mezcla, ya que dos componentes estables pueden formar una mezcla menos estable. [ADR 2025, §2.2.52.1.9, pág. 169]

Limitaciones:

Esta consulta cubre solo los criterios generales de clasificación. Para productos específicos no enumerados en los listados del ADR, la clasificación debe realizarla la autoridad competente del país de origen. [ADR 2025, §2.2.52.1.8, pág. 169]

Fuentes consultadas


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Fuente: ADR 2025 + RD 97/2014. Las respuestas incluyen cita exacta del artículo. No sustituyen asesoría legal.

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